Normas

Además de la Ley de Aguas (de 3 de enero de 1992) aplicable a las áreas de carenado, es de aplicación la sección 6 del Código de Medio Ambiente y el artículo L 216-6, que establece que:

«El hecho de verter, descargar o dejar fluir en las aguas superficiales, subterráneas o en las aguas del mar dentro de las aguas territoriales, directa o indirectamente, cualquier sustancia o sustancias cuya acción o reacciones produzcan, incluso temporalmente, efectos nocivos para la salud o daños a la flora o la fauna, o alteraciones importantes del abastecimiento normal de agua o restricciones en el uso de las zonas de baño, se castiga con dos años de prisión y 75.000 euros de multa».
Además, el Código de Puertos Marítimos, a través de los artículos R 322-1 y R 353-4 del Libro III del Código de Puertos Marítimos (Decreto nº 93-726 de 29 de marzo de 1993), establece:

«Nadie puede atentar contra el buen estado de los puertos y dársenas en cuanto a su profundidad, limpieza e instalaciones». «Son punibles las infracciones relativas al incumplimiento de las zonas previstas para la eliminación de residuos y desechos».

Motifs décoratifs pour les contenus

Principio de funcionamiento

Las unidades de tratamiento Techneau para áreas de carenado se componen de 3 compartimentos sucesivos:

Desarenador (Macro-trampa de residuos): El desarenador es el primer compartimento del decantador. Su función es atrapar las materias pesadas y los Macro-residuos presentes en el agua. Las partículas más pesadas, como arena, grava y escombros, se depositan en el fondo del desarenador. El agua depurada pasa al segundo compartimento.

Sedimentación y almacenamiento de Materias en suspensión (Haz tubular ): El segundo compartimento está dedicado a la decantación. Su objetivo es separar las Materias en suspensión (SS) del agua. En su interior, se utiliza un haz tubular para prolongar el tiempo de permanencia del agua. Esto favorece la sedimentación de Particulas finas. Los SST se depositan en el fondo del haz tubular. El agua clarificada, más ligera, pasa al tercer compartimento.

Retorno del agua tratada: El tercer compartimento es donde se devuelve el agua tratada. Una vez eliminadas las Materias en suspensión, el agua clarificada se recoge y se vierte a la red de tratamiento o vertido respetando las normas medioambientales.